jueves, 6 de agosto de 2009

Superintendencia de Banca y Seguros

¿Qué es la SBS?

Cargo: Superintendente de Banca, Seguros y AFP Nombre: Felipe Tam Fox

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado de la regulación y supervisión de los Sistemas Financiero, de Seguros y, a partir del 25 de julio del 2000, del Sistema Privado de Pensiones (SPP) (Ley 27328) Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de los asegurados y de los afiliados al SPP. La SBS es una institución de derecho público cuya autonomía funcional está reconocida por la Constitución Política del Perú. Sus objetivos, funciones y atribuciones están establecidos en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (Ley 26702).

Las funciones y la estructura

La SBS tiene como misión generar las condiciones que permitan maximizar el valor de los sistemas financiero, de seguros y privado de pensiones, propiciando una mayor confianza y adecuada protección de los intereses del público usuario, a través de la transparencia, veracidad y calidad de la información. Le corresponde defender los intereses del público, cautelando la solidez económica y financiera de las personas naturales y jurídicas sujetas a su control. En tal sentido, la ley encarga a la SBS que vele porque las citadas personas y entidades cumplan las normas legales, reglamentarias y estatutarias que las rigen, ejerciendo sobre ellas el más amplio control de todas sus operaciones y negocios.
Sus funciones principales se encuentran precisadas en la Ley e incluyen las siguientes: a) Otorgar, denegar, suspender o cancelar la autorización de funcionamiento de las empresas del sistema financiero.
b) Adoptar las medidas necesarias para prevenir y/o evitar que cualquiera persona no idónea controle o participe, directa o indirectamente, en la dirección, gestión y operación de la empresa del sistema financiero.
c) Examinar, controlar o fiscalizar a las empresas del sistema financiero y reglamentar y vigilar el cumplimiento efectivo de las obligaciones de registro y notificación establecidas.
d) Verificar, mediante exámenes regulares, que las empresas del sistema financiero posean y apliquen los programas de cumplimiento obligatorio.
e) Brindar a otras autoridades competentes la información obtenida de empresas del sistema financiero.
f) Dictar instructivas o recomendaciones que ayuden a las empresas del sistema financiero a detectar patrones sospechosos en la conducta de sus clientes. Esas pautas se desarrollan tomando en cuenta técnicas modernas y seguras de manejo de activos, y sirven como elemento educativo para el personal de las empresas del sistema financiero. g) Cooperar con otras autoridades competentes y aportarles asistencia técnica, en el marco de investigaciones y procesos referentes a los delitos de tráfico ilícito de drogas o delitos conexos.

11 comentarios:

  1. muchas gracias me salvastes de una tarea q me habian dejado en la universidad

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  2. bueno gracias por la informacion y x q me salvastes de la tarea de investigacio q me habian dejado

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  3. oe el trabajo? no vayan al taco..!!!

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  4. muchas gracias me salvaste el bimestre

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  5. muy buena la descripcion de las funciones gracias¡¡¡

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  6. bien, muchas gracias por la información.

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  7. LAS CARACTERISTICAS DE SBS

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  8. Hola, tengo 64 años, y estoy cursando el VII ciclo de Derecho y Ciencias Políticas en la universidad, y la verdad es que si me ayudó mucho también, gracias

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  9. gracias me salve de un trabajo

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  10. Lo mejor de tus artículos es que siempre todo suena con tanta confianza que me haces sentir seguro con sólo
    leerte. ¡Tu contenido es el mejor, sigue así, confía en ti y mantente tan seguro como siempre!

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